De las 1562 causas penales llevadas adelante contra representantes de trabajadores y dirigentes sociales (período 1998-2005) en toda la provincia de Neuquén (Federal y provincial) quedan en trámite 72. Como lo habíamos denunciado, y los hechos lo confirman, todas las causas penales eran acusaciones falsas que
tenían por único fin amedrentar y desmovilizar a quienes luchan por sus derechos. En casi todas las causas fueron dictados los sobreseimientos de los compañeros por "prescripción".
El gobierno ha retirado incluso a la Fiscalía de Estado como parte querellante en casi todas las causas.
Pero creemos que se trata de un cambio de plan por parte del Gobierno, atento a que han concentrado todos sus esfuerzos en una gran causa, en la que pretenden llevar a juicio a todo el Consejo Directivo Provincial de ATE, incluido su
anterior Secretario General, Julio Fuentes, referente de las luchas de los trabajadores en Neuquén. Se trata de la causa "Hettinger" que en sus inicios provocó la
detención de los mencionados compañeros en el año 2002. Y, además, por tales
hechos, el Poder Ejecutivo exoneró de la administración pública provincial a todos los integrantes del Consejo Provincial de ATE.
Con respecto a esto último todavía están en trámite judicial el levantamiento de las tutelas sindicales. La Cámara había fijado la fecha del juicio oral para
mediados de diciembre de este año, pero creemos que la causa tendrá un importante giro atento que al momento de cerrar este informe los dos testigos que el
gobierno presentó para declarar contra los trabajadores se presentaron a denunciar que un Ministro del actual Gobierno les había pagado para que declarasen
contra Fuentes y los demás compañeros.
2.PERSECUCIÓN A LOS DOCENTES.
Asimismo, en 2006, y como consecuencia del reclamo de los Trabajadores de
la educación provinciales (maestros y administrativos) fueron encausados ocho
dirigentes de la Asociación de Trabajadores de la Educación (A.T.E.N.) por el delito de corte de ruta por el poder Judicial Federal penal, quienes se encuentran
excarcelados.-
Otra novedad ha sido el reclamo por parte de empresas privadas en sede civil
contra las entidades sindicales que nuclean a los trabajadores manifestantes, por
hipotéticos perjuicios de cifras siderales –lucro cesante- que atribuyen haber sufrido como consecuencia de la protesta obrera en lugares públicos.- (Concesionaria de Peaje Caminos del Valle, y empresas petroleras).
Tambien Vialidad Nacional ha intimado a A.T.E.N. a repavimentar las zonas de las rutas nacionales en las cuales los trabajadores de la educación se manifestaran en Marzo de este año, alegando que en sus marchas "dañaron" (¡!) las carreteras.
En el ámbito de los derechos de la Libertad Sindical, el caso de violación más
grave en el que seguimos trabajando es la impugnación a través del proceso sumarísimo del art. 47 ley 23551 de un acto administrativo de alcance general dictado por el Consejo Provincial de Educación – identificado como Resolución
163/2000- por el cual se prohibió a un sector de los trabajadores públicos de la
educación a adherir a paro los días de medida de fuerza decretada por su entidad
sindical. Ordenándoles concretamente pemanecer en el lugar de trabajo y relevar
la adhesión a paro de los demás trabajadores del establecimiento. Este inconstitucional exceso en las facultades reglamentarias por un órgano administrativo del
poder ejecutivo provincial, lejos de ser nulificado por el Poder judicial local, fue
convalidado en tres instancias –incluso por el Tribunal Superior – encontrándose actualmente a tratamiento de la Corte Suprema de la Nación el recurso de
Queja por denegación de recurso extraordinario.-
El corolario de este cercenamiento de derechos resistido por la parte obrera a
través de su entidad sindical, A.T.E.N. , ha sido en estos seis años un sinnúmero
de acciones judiciales cruzadas, en las cuales se ha impedido hasta el momento la
efectiva aplicación de sanciones que ya fueran dictadas contra este grupo de docentes, directores de escuela, por su adhesión a medidas de fuerza y no cumplimiento de la referida Resolución.
Hace un par de semanas una juez laboral local dictó los primeros fallos en los
procesos de exclusión de tutela sindical iniciados por el empleador contra los docentes –ya que todos fueron electos delegados en sus escuelas por su activa resistencia a los aprietes de la patronal, al negarse a infomar la adhesión a paro de sus
compañeros.- En tal fallo, hace lugar a la exclusión de tutela –sin hacer ninguna
valoración de la existencia de intención antisindical por parte del empleador para sancionar, que es precisamente el tema a decidir en este tipo de procesos, y que
en el sub-análisis resultaba obvia tal intencionalidad al sancionarse una conducta
esencialmente sindical como la adhesión al paro- y autoriza a que se sancione a 8
trabajadores con 30 días de suspensión.- Este fallo se encuentra recurrido.
3. EL PODER JUDICIAL Y LA CONSTITUYENTE
A este cuadro de situación respecto del ataque judicial a los trabajadores y sus organizaciones, se suma un agravado estado de sumisión del Poder Judicial al Poder Político, mediante la designación en el año 2005 de nuevos integrantes del Tribunal
Superior de Justicia, jueces probadamente sometidos e identificados con el partido de gobierno, que han realizado una verdadera racia interna, de exterminación y
persecución de los funcionarios independientes. En tal inescrupulosa tarea han
organizado sumarios y jurys vergonzosos –el más escandaloso fue el que resultó
con la exoneración del Fiscal que había pedido el procesamiento del Gobernador
por comprar voluntades de diputados provinciales "caso de la cámara oculta"- .
Otro de tales hechos ha sido la persistente persecución de la Defensora del Niño
y el Adolescente de la ciudad de Neuquén, con intentos de derogación de la Ley
que organizara tal Defensoría y el moderno sistema de protección a la infancia
que tiene por ley la provincia.- Y muy recientemente la destitución sin sumario
previo –ni acreditación de ningún tipo de trasgresión de las obligaciones a su cargo- de la Auditora General del poder judicial –designada por concurso- al revelarse investigaciones no favorables a la cúpula de tal poder, respecto a la cobertura discrecional de los cargos judiciales favoreciendo a parientes y simpatizantes
del partido oficial.
El proceso institucional más interesante del año ha sido sin dudas en la provincia de Neuquén, el resultado refrendatorio de la Carta Magna provincial por
parte de la Convención Constituyente, en febrero de 2006.
Lanzada la convocatoria por el partido oficial –a fines de 2004- para reformar
el 85 % del texto constitucional, gracias a la activa resistencia popular abiertamente contra la reforma –encabezada por las organizaciones sindicales estatales y
docentes- , se logró un resultado electoral ampliamente favorable a los partidos
contarios a la reforma.- Luego, y en el decurso de la Convención Constituyente,
a pesar de la traición al interbloque no reformista de dos convencionales por el
radicalismo, se logró imponer una verdadera RATIFICACIÓN del texto constitucional, con INCLUSIÓN de un par de cuestiones trascendentes en cuanto a
derechos humanos: los derechos de los pueblos originarios –en artículo similar al
de la Constitución Nacional- el reconocimiento de las cooperativas, y la instauración del Consejo de la Magistratura como procedimiento de designación de
jueces, pero sancionándose el texto propuesto por el partido de gobierno, que deja el poder decisorio en manos de los otros dos Poderes, con lo cual sigue sin garantizarse un sistema de designación de los jueces verdaderamente democrático y
transparente.