Justicia YA! reclamó ayer que se condene por el delito de genocidio a los siete
represores que están siendo juzgados por crímenes cometidos en Campo de Mayo
durante la última dictadura. Fundamentó que se trata de una calificación de los
delitos cometidos -al igual que "delitos de lesa humanidad"- Exigió que los
genocidas vayan adonde deben: a la cárcel común y efectiva. Solicitó que se
proceda respecto del delito de genocidio del mismo modo que con los crímenes de
lesa humanidad, tipificación ampliamente reconocida por los jueces a pesar de
que tampoco está incorporada a la ley interna por lo que no se contempla pena
alguna para los mismos, aplicándose las penas que prevé el Código Penal y
respondiendo así al compromiso asumido por el país frente a la comunidad internacional.
Los doctores Luis Bonomi, Pedro Dinani y Liliana Molinari exigieron al Tribunal
Oral Federal 1 de San Martín que se condene a Reynaldo Bignone, Santiago Riveros,
Fernando Verplaetsen, Jorge Osvaldo García y Carlos Tepedino a una pena de 50 años.
Mientras que solicitaron para Eugenio Guañabens Perelló una sentencia por 42 años
y 21 para Germán Montenegro. La querella reclamó que los represores sean alojados
en cárcel común y efectiva por los delitos aberrantes que cometieron y por su
peligrosidad para todos aquellos interesados en derribar el muro de impunidad
que supieron construir. Para solicitar estas condenas, Justicia YA! se basó en
que el delito de privación ilegal de la libertad de los compañeros cuyos casos
se inevestigan en este juicio y continúan desaparecidos, es un delito que se
sigue cometiendo en la actualidad y en consecuencia, debe aplicarse el Código
Penal vigente hoy, que prevé esas penas.
“Esta querella, así como lo hizo desde el primer juicio contra crímenes de lesa
humanidad, como lo hará en éste, y como lo seguirá haciendo en los que se sucedan,
seguirá insistiendo, porque sabemos que el derecho nos acompaña, porque sabemos
que la letra y el espíritu de las normas nos legitiman y porque también nos
legitiman las voces de los desaparecidos que no son otra cosa que los testimonios
de los sobrevivientes, en pretender que a las cosas se las llame por su nombre:
que si se pudo reconocer que en la Argentina hubo un genocidio, esa conducta
criminal existe y es real, y si esa conducta criminal existe y es real y se llama
genocidio, lo único que falta definir aquí es el autor, y un genocidio es
perpetrado sólo y únicamente por un sujeto –integrante del aparato del Estado-
al que se lo califica como GENOCIDA”, manifestaron los abogados de Justicia YA!
Asimismo, se refirieron a los recientes dichos -en un encuentro sobre genocidio
celebrado en París- del subsecretario de Derechos Humanos, Luis Alén.
El funcionario había afirmado: "Una sentencia, además de un fallo judicial que
establece responsabilidad y tipifica conductas, es también un relato histórico.
Y en ese relato histórico uno puede y debe recurrir a otras disciplinas para
decir con todas las letras que lo que pasó en la Argentina también es un
genocidio, con otras características que la Shoá, pero con muchos puntos en
común y de una extrema gravedad”. Los letrados remarcaron la pertinencia de
esos dichos aunque reclamaron que además de enunciarlo en París, el Gobierno
nacional debe defenderlo y aplicarlo en los juicios que se llevan a cabo en
Argentina. Quienes presenciaban la sesión estallaron en aplausos.
Al finalizar el alegato, la sala se vio sacudida por una ausencia: "queremos
recordar en este recinto un hecho que hoy nos demuestra que los fantasmas
de la impunidad siguen instalados en determinados sectores sociales, ... mientras
hoy y aquí estamos siendo absolutamente cuidadosos y celosos del cumplimiento
de las garantías constitucionales de los imputados, ... las garantías de
JORGE JULIO LÓPEZ siguen siendo salvajemente vulneradas desde hace exactamente
37 meses y 24 días."